El Gobierno regula el sector de los drones, con 3.000 empresas
El Consejo de Ministros ha
aprobado el Real Decreto que desarrolla y amplía el marco normativo adoptado
inicialmente por la Ley 18/2014 para la realización de actividades con aeronaves
pilotadas por control remoto (drones), impulsando así el crecimiento de un
segmento emergente, íntimamente ligado al desarrollo y a la innovación
tecnológica.
La aprobación en 2014 de un marco
regulador temporal para la realización de actividades con drones ha facilitado
el desarrollo de este sector emergente. Prueba de ello es que en tres años se
han habilitado en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) casi 3.000
operadores, 3.693 pilotos y 4.283 drones, lo que pone de manifiesto la creciente
relevancia de esta nueva actividad, a la que además también se dedican en
España 74 escuelas de formación y una veintena de fabricantes.
La norma temporal vigente hasta
ahora establecía unos requisitos mínimos para la operación con este tipo de
aeronaves, pero no abarcaba toda la casuística de potenciales actividades que
el sector ha venido planteando durante todos estos meses.
Nuevos escenarios operacionales
El Real Decreto ahora aprobado
desarrolla el marco normativo adoptado inicialmente por el Real Decreto-Ley
8/2014 para facilitar el avance de una actividad económica emergente, al tiempo
que establece las medidas necesarias para la realización segura de las
operaciones en las que intervengan estas aeronaves.
Así, la nueva norma establece los
requisitos para que los operadores de drones puedan desarrollar de forma segura
actividades en entornos en los que hasta ahora no era posible hacerlo, como el
sobrevuelo en las inmediaciones de edificios, reuniones de personas al aire
libre y vuelos nocturnos, aunque para ello será necesario realizar un estudio
de seguridad de la operación y tener una autorización previa de AESA, entre
otros requisitos.
También se permiten operaciones
en espacio aéreo controlado, aunque en este caso, se precisarán requisitos de
formación del personal y de los equipos, así como un estudio aeronáutico de
seguridad coordinado con el proveedor de servicios de tránsito aéreo y la
previa autorización de AESA.
Asimismo, establece las
condiciones que deben cumplir las organizaciones de diseño, fabricación y
mantenimiento de este tipo de aeronaves, así como los requisitos de formación
para su pilotaje, todo ello en términos equivalentes a los marcos normativos
existentes en otros países europeos.
Este Real Decreto contiene además
medidas relativas al uso recreativo de los drones, estableciendo una serie de
limitaciones destinadas a garantizar la seguridad del espacio aéreo y de la
ciudadanía.
Los requisitos establecidos en el
nuevo Real Decreto están sujetos a la supervisión y control de AESA y su
incumplimiento constituye una infracción administrativa en el ámbito de la
aviación civil conforme a lo previsto en la Ley 21/2003, de 7 de julio, de
Seguridad Aérea.
Adicionalmente, y dada la
especial afectación a la seguridad pública que puede implicar el uso de este
tipo de aeronaves, el nuevo Real Decreto incorpora una serie de disposiciones
complementarias:
- Se comunicará previamente al
Ministerio del Interior la ejecución de operaciones sobre aglomeraciones y
zonas urbanas.
- Por motivos de seguridad
pública, las autoridades competentes en la materia podrán limitar la operación
de drones.
Durante el primer trimestre de
2018, el Ministerio de Fomento complementará el nuevo marco con la publicación
del Plan Estratégico de Drones , una herramienta que, más allá del ámbito
regulador, permitirá definir de forma transversal los ejes y las líneas de
actuación para potenciar al máximo este segmento de la industria.
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