CiU reclama que los taxistas que acrediten una actividad mínima puedan jubilarse anticipadamente

Taxi, taxisConvergència i Unió (CiU) ha registrado en el Congreso una proposición no de ley para pedir al Gobierno cambios legislativos que permitan a los taxistas jubilarse anticipadamente si pueden acreditar que han cumplido con una actividad mínima, y también una revisión de las enfermedades profesionales del sector para reconocer las dolencias más habituales.

   En la iniciativa, que recoge Europa Press y que será debatida en la Comisión parlamentaria de Empleo, los nacionalistas catalanes critican que la Ley de la Seguridad Social define las enfermedades profesionales en relación, únicamente, con el trabajo por cuenta ajena, dejando fuera de la protección a los autónomos.

   "Cabe pues que sigamos avanzando y lo hagamos, por ejemplo, reconociendo enfermedades profesionales específicas de los trabajadores autónomos en algunos sectores como el del taxi para poder atenderlas y prevenirlas, o en la necesidad de posibilitar su jubilación anticipada", defiende.

ACTIVIDAD ESPECIALMENTE PELIGROSA.

   En este sentido, los nacionalistas catalanes señalan como factores de riesgo de los taxistas las vibraciones del vehículo, la manipulación de cargas, los riesgos posturales en cuello, hombros y columna vertebral y las enfermedades cardiovasculares por estar muchas horas sentado; problemas en la vista o el oído, trastornos digestivos, fatiga crónica, estrés, exposición a la violencia física, etc.

   Aspectos todos ellos que deberían valorarse por el Ministerio de Sanidad y la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo para presentar un informe al Gobierno en base al cual modificar el cuadro de enfermedades profesionales para poder reconocerlas a todos los efectos.


   Pero, además, CiU defiende que se puede "mejorar la protección y cobertura" de los trabajadores autónomos reconociendo que su trabajo entraña una especial penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad, y permitiendo así su acceso al régimen de jubilación anticipada en los casos en que se cumplan los años mínimos de cotización a la Seguridad Social y aplicándose los correspondientes coeficientes reductores.

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