Un comunicado conjunto de los sectores aéreos estatales de CCOO y UGT a los 9 despidos que ha practicado Iberia amparándose en el Art. 52.d del Estatuto de los Trabajadores, modificado éste tras la última reforma laboral
A todos los Trabajadores
La
empresa quiso aprovechar de manera torticera, la reunión de esta comisión para informar a los
representantes de los trabajadores que estaban en la misma, qué desde primera hora de la mañana se estaba
comunicando a un total de 9 trabajadores , pertenecientes
a las escala de ( MAD-BJS, BCN, PMI,
LPA, y VLC la extinción de sus contractos de trabajo.
Según
explicaron en las notificaciones que les estaban entregando a estos
trabajadores, se les comunicaba que
iberia había decidido extinguir sus contratos al aplicar el Art.52 d) del
Estatuto de los Trabajadores, al darse la causa establecida en dicho artículo
de Faltas de asistencia al trabajo, aun
justificada pero intermitentes, además de informarles que les habían calculado
las indemnizaciones correspondientes según lo recogido en el Art.53.1b) del E.T.
Recordando
que no es la primera vez que aplicaban este articulo del E.T. y que lo hicieron con otros dos trabajadores de Tenerife hace
alrededor de un año .
La
empresa continuo explicando que tal y como marca la ley, se habían enviado
notificaciones de dichos despidos a los trabajadores afectados a los Comités de
Centro correspondientes, ha los
sindicatos a los que estén afiliados y al Comité Intercentros.
Ante
este planteamiento por parte de la empresa y después de reprochar la aplicación
estas medidas, decimos levantarnos y dar por finalizada la reunión.
Desde
UGT y CCOO, rechazamos cualquier despido y más aun cuando éstos se producen al
amparo de la Reforma laboral aprobada en año 2012. Pensamos que es una lástma
que en lugar de trabajar en esta Comisión e intentar encontrar formulas que permitan
reducir el absentismo,la empresa
prefiera ir por la via rapida y sacar la “guadaña” de la Reforma laboral.
Madrid 22 de enero de 2015
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