Condenan a la pareja del copiloto del accidente de Spanair por incumplir con el reparto de indemnizaciones
La Audiencia Provincial de
Salamanca ha confirmado la condena que le fue impuesta a la que fuera pareja
del copiloto mallorquín que, junto a otras 153 personas, perdió la vida en el
accidente del vuelo JK5022 de Spanair el 20 de agosto de 2008, al incumplir un
acuerdo que tras el siniestro alcanzó con los padres del fallecido para
repartirse ambas partes las indemnizaciones que percibieran tras el suceso.
La sentencia desestima así el
recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la resolución
judicial, que le insta a abonar a los progenitores de Francisco Javier Mulet un
total de 60.556 euros más intereses, la cantidad que ella eludió pagarles
aduciendo que tenía que pagar un impuesto a Hacienda derivado de la
indemnización de 140.794 euros que cobró tras el accidente.
Al igual que ya lo hiciera el
Juzgado de Primera Instancia número 2 de Salamanca el pasado mes de abril, el
tribunal de la Sección Primera considera acreditado que ambas partes acordaron
el reparto mutuo de las cantidades económicas que obtuviesen. Sin embargo,
llegado el momento, la pareja del copiloto "incumplió burdamente" el
pacto al transferirles "menos de lo acordado", tal y como exponía en
su demanda el abogado palmesano Antonio Martínez, del Bufete Coca.
Recogiendo lo contenido en el
escrito de los padres, la sentencia ahora confirmada señala que Toral ingresó a
cada uno 28.376 euros pero no lo correspondiente "al impuesto que había
indicado, haciendo suyo el total que preveía para el tributo: 60.556
euros". Por su parte, la demandada alegaba en su recurso un error en la
apreciación de las pruebas y rebatía que existiese un pacto verbal previo para
el reparto mutuo de todas las indemnizaciones y cantidades que recibieran. De
hecho, aseveraba que no constituía "nada más que una promesa de donación
que carece de efectos jurídicos".
Según publica: Europa Press
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