La Audiencia Nacional declara nulos los servicios mínimos para la primera huelga de Ryanair
La
Audiencia Nacional ha declarado "nulos" los servicios mínimos
impuestos por el Ministerio de Fomento para la primera huelga de Ryanair, que
tuvo lugar los días 25 y 26 de julio de 2018 para los trabajadores de Ryanair,
Crewlink y Workforce, según ha notificado el órgano judicial a USO este viernes.
Según
ha explicado la responsable del área de Derecho Administrativo de la Asesoría
Jurídica Confederal de USO, Estrella Zambrana, la resolución ministerial por la
que se fijaron estos servicios mínimos no tiene la "necesaria motivación
exigible, al tratarse de la limitación de un derecho fundamental y no precisar
los criterios objetivos en función de los que se decidieron establecer esos
servicios".
La
sentencia considera que no existieron criterios objetivos para fijar como
imprescindibles el 100% de los vuelos con territorios no peninsulares; el 35%
entre destinos peninsulares con medio alternativo de duración menor de cinco
horas; el 59% con una alternativa superior a cinco horas y el 59% de las rutas
extranjeras. En estos casos, además, redondeando "siempre al alza".
En
la parte referida a vuelos, la sentencia decreta que "no había motivación
para que todos los trabajadores, el 100% de los disponibles, fueran citados
como servicios mínimos de guardia o imaginarias", ya que la resolución de
servicios mínimos "dejaba en manos de la empresa esa planificación",
ha indicado Zambrana.
Así,
la Audiencia Nacional reprende al Ministerio de Fomento porque debe existir
"una razonable proporción entre los sacrificios que se impongan los
huelguistas y los que padezcan los usuarios". También alega que la
autoridad gubernativa tiene la obligación de motivar las razones que justifican
la decisión de mantener en funcionamiento de un servicio esencial para la
comunidad y declarara cuáles son los factores o criterios cuya ponderación han
conducido a determinar cuáles son los servicios mínimos.
"Queda
patente que Fomento no justificó sus criterios y no ejerció la equidad entre
las partes, penalizando a los trabajadores", ha señalado Zambrana, que
explica que están estudiando ejecuciones de sentencias similares para
determinar los siguientes pasos de actuación.
Para
el secretario general de USO-Sector Aéreo, Pedro Alzina, esta sentencia
demuestra que Fomento "estaba coartando el derecho a hacer huelga con unos
servicios mínimos tan altos".
Según
Publica: Europa Press
Comentarios
Publicar un comentario