La AN obliga a Air Europa a aplicar el convenio de pilotos
air-europa-convenio-pilotos“No se
ajusta a derecho la aplicación selectiva de un convenio colectivo fenecido por
transcurso del plazo de ultractividad legal en el que no existe convenio
colectivo superior que puede aplicarse. Los trabajadores tienen derecho a que
se les aplique íntegra y no selectivamente hasta la firma de un nuevo convenio
de pilotos, el contenido material del convenio”, señala el tribunal.
Para la Audiencia Nacional lo que
ha estado haciendo Air Europa supone un abuso de derecho por cuanto encontrándose
el empresario en posición dominante en el contrato de trabajo una decisión no
puede imponer por su cuenta las condiciones de trabajo eludiendo las reglas
propias de la negociación colectiva”.
“En el caso de Air Europa, no nos
encontramos frente a una decisión empresarial de, caducado el convenio, aplicar
única y exclusivamente la ley como fuente reguladora de la relación contractual
con los trabajadores, sino que nos encontramos con una aplicación selectiva del
convenio caducado, decidida unilateralmente por la empresa, al haber elegido el
empresario de su contenido global las parcelas del clausulado que estima
vigentes para ambas partes así como las parcelas que ha decidido ignorar”, reza
la sentencia.
Además de aplicar el convenio a
rajatabla hasta la firma de uno nuevo, la AN obliga a la aerolínea de Globalia
a reparar las consecuencias jurídicas negativas que se hayan producido desde
julio de 2013 hasta ahora por la inaplicación de ciertas regulaciones como son
las referentes a la promoción por flota o por base, contrataciones temporales o
el escalafón profesional.
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