El Gobierno prorroga hasta el 30 de junio la restricción de viajes no imprescindibles desde países no UE
El
Gobierno ha prorrogado hasta el 30 de junio los criterios para la aplicación de
la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la
Unión Europea y países asociados Schengen, por razones de orden público y salud
pública, a pesar de la finalización del estado de alarma.
En
línea con las recomendaciones de la Comisión Europea que establecen un proceso
gradual para el levantamiento de las restricciones, que consta de un tramo
inicial, hasta el 30 de junio, el Ministerio del Interior ha dictado una Orden,
publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para extender la
restricción temporal de viajes no imprescindibles desde países de fuera de la
UE hasta el 30 de junio.
Los
únicos nacionales de terceros países de la Unión Europa que podrán viajar a
España son los residentes que se dirijan a su lugar de residencia, los
titulares de un visado de larga duración expedido por un país miembro al que se
dirijan y los trabajadores transfronterizos.
Además,
están autorizados a desplazarse los profesionales sanitarios o del cuidado de
mayores que regresen de realizar su labor, el personal dedicado al transporte
de mercancías, el personal militar, diplomático o consular, miembros de
organizaciones humanitarias, y aquellas personas que acrediten causas de fuerza
mayor o situación de necesidad o cuya entrada se permita por motivos
humanitarios, y personas que viajen por motivos familiares imperativos
debidamente acreditados.
Así,
se permitirá entrar en España, entre otras, a las personas registradas como
residentes que se dirijan directamente a su lugar de residencia en otro estado
miembro, Schengen o Andorra, o al cónyuge de ciudadano español o pareja con la
que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, y
aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen
con o para reunirse con éste.
Todo
lo anterior no será de aplicación en la frontera terrestre con Andorra ni en el
puesto de control de personas con el territorio de Gibraltar.
Por
otro lado, la Orden publicada este lunes en el BOE también establece que se
mantiene el cierre, con carácter temporal, de los puestos terrestres
habilitados para la entrada y la salida de España a través de las ciudades de
Ceuta y Melilla.
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