El Constitucional anula el decreto de ayuda de 426 euros a parados de larga duración

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado diversos artículos del Real Decreto que regula el Programa de Activación para el Empleo (PAE), que prevé una ayuda extraordinaria de 426 euros para desempleados sin protección, al considerar que deben ser los servicios de empleo de las comunidades autónomas quienes gestionen la ayuda y no el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), como hasta el momento.
 El Constitucional anula el decreto de ayuda de 426 euros a parados de larga duración
El decreto, aprobado por el Consejo de Ministros en diciembre de 2014 tras el acuerdo con empresarios y sindicatos, atribuye al Servicio Estatal de Empleo Público la financiación, gestión y pago de esta ayuda económica, además de la capacidad de reconocer o denegar el derecho de las personas potencialmente beneficiarias de la misma.

Recurso del Gobierno vasco

El Gobierno vasco presentó un recurso al decreto por considerar que invadía las competencias autonómicas, dado que, a su criterio, la gestión de esas ayudas debe recaer en el servicio vasco de empleo (Lanbide), pues las políticas activas de empleo fueron transferidas a Euskadi en 2010.

El abogado del Estado adujo en defensa de la competencia para el Estado que la citada ayuda “es una prestación por desempleo en el ámbito del título competencial de gestión económica de la Seguridad Social”.

Pero el Constitucional considera que la ayuda es una subvención de fomento del empleo y de inserción laboral, algo que es competencia vasca, así como de las autonomías.

El Estado desarrolla la materia básica y las autonomías la aplican, sostiene la sentencia

“En contra de lo afirmado por el abogado del Estado, nos encontramos ante unas medidas que intentan incentivar la contratación de desempleados de larga duración en condiciones especialmente vulnerables, a través de acciones de políticas activas de empleo que faciliten su retorno al mercado laboral”, dice el TC.

Así las cosas, el TC recuerda que el Estado debe desarrollar la legislación básica en esta materia, pero “no puede ignorar que la competencia para la ejecución de las normas dictadas en virtud de la competencia estatal sobre las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica corresponde, en principio, a las Comunidades Autónomas”.

El TC afirma que la atribución que la normativa reguladora del PAE efectúa al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para que sea éste el encargado de ejercer las funciones de concesión y pago de esta ayuda económica deba considerarse como “inconstitucional y nula por corresponder a la competencia de los servicios de empleo de las comunidades autónomas”.

El programa llegará hasta abril

El Gobierno prorrogó el pasado mes de abril, por segunda vez y hasta el 15 de abril de este año, el Programa de Activación para el Empleo dirigido a la reinserción laboral de los parados de larga duración con cargas familiares que hayan agotado todas las prestaciones y subsidios, y que contempla una ayuda de 426 euros mensuales para sus beneficiarios.

El Ejecutivo calculaba entonces que se beneficiarían de este programa 210.000 desempleados. En 2017, el programa contó con una dotación de 220 millones de euros y para este año están previsto un total de 337 millones.



Según Publica: lavanguardia.com

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