El precio del Aeropuerto de Ciudad Real, rebajado a 50 millones
Los administradores concursales
que gestionan la venta del aeropuerto de Ciudad Real han presentado un escrito
al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de
Ciudad Real, en el que proponen rebajar de 100 a 50 millones de euros el precio
mínimo de venta de la infraestructura.
El nuevo precio de venta se
recoge en el escrito con el que los administradores concursales dan respuesta a
la petición del magistrado, que les pedía se establecieran las nuevas
condiciones para la venta del aeropuerto, una vez que quedó anulada la subasta
por auto judicial.
En ese escrito, al que ha tenido
acceso Efe, la administración concursal señala que a la vista del tiempo
transcurrido sin lograrse la venta del aeropuerto, consideran que el precio
mínimo de venta de la explotación unitaria debe fijarse en 50 millones de euros,
sin perjuicio de que "idealmente se intente alcanzar un precio
superior".
Por eso, instan al magistrado a
que tome en consideración su propuesta de incluir en el plan de liquidación de
la infraestructura un procedimiento para modificar dicho precio.
En su propuesta, los
administradores recogen que se podrá acordar admitir ofertas por un precio
inferior hasta en un 5 % de los 50 millones de euros, si se considerase
justificado en atención a las restantes ventajas que pudiera aportar el
proyecto que el comprador ofreciese para el aeropuerto de Ciudad Real.
También proponen que en el caso
de que la administración concursal considerara necesario modificar el precio
mínimo de venta establecido, lo solicitaría por escrito al juzgado, exponiendo
las circunstancias que justificaran esta petición y la nueva cifra propuesta.
Los responsables de la venta del
aeropuerto también proponen otras medidas adicionales para incluir en el plan
de liquidación, como modificaciones relativas a la regulación de las garantías
que deben presentar los interesados en adquirir el aeropuerto de Ciudad Real.
Así, establecen que deben incluir
acreditación fehaciente de que han constituido previa o simultáneamente una
garantía por importe del 5 % del precio ofrecido.
El aval o la garantía que
presenten los compradores únicamente podrá estar emitido por una entidad de
crédito o aseguradora española y, si fuese extranjera, emitida por un
establecimiento de las mismas radicado en España y con solvencia suficiente
para atenderla.
Los administradores también
determinan que cualquier administración pública o empresa pública estatal podrá
optar a la compra del aeropuerto, sin que sea necesario la presentación de aval
o garantía.
Igualmente, piden al magistrado
que acepte introducir un procedimiento abreviado para la tramitación de las
ofertas de compra directa en cualquier momento, aún cuando no estuviera abierto
un plazo específico de recepción de ofertas.
Sin perjuicio de que se puedan
presentar ofertas en cualquier momento, la administración concursal determinará
las fechas de inicio y finalización del plazo de recepción de ofertas cuya
duración será determinada por ellos.
Las ofertas de compra directa se
deberán presentar en el juzgado, dirigidas a su magistrado, dando el juzgado el
cauce que corresponda.
Los administradores concursales
también dejan la puerta abierta a que pueda volver a realizarse una venta en
subasta pública judicial o bien una venta en subasta pública privada realizada
por una entidad especializada.
Publicado
por; EFE y Expansión
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