Mañana entra en vigor la norma que regula el servicio AFIS en aeródromos, que se amplía a aeródromos militares
El Real Decreto que modifica la
legislación que regula la provisión del Servicio de Información de Vuelo de
Aeródromos (AFIS), respecto al período transitorio para la realización de los
estudios aeronáuticos de seguridad entrará en vigor mañana miércoles.
Con esta nueva norma los aeropuertos y aeródromos civiles de uso público
que, a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 520/2015 no dispongan de
servicios de control de aeródromo, dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2016
para realizar los estudios aeronáuticos de seguridad que regula este Real
Decreto.
En 2010, Fomento implantó el sistema AFIS en un máximo de nueve
aeropuertos, aquellos con menos de 50 operaciones al día, frente a los 12
anunciados por el entonces ministro de Fomento, José Blanco, una medida que se
planteó como una de las vías para reducir los elevados costes de navegación
aérea en España, con un ahorro del 60% frente al coste del servicio de control.
El Real Decreto amplía el plazo para la realización de los estudios
aeronáuticos de seguridad que deben llevar a cabo obligatoriamente los gestores
de los aeródromos civiles de uso público, según lo previsto en la disposición
transitoria primera del Real Decreto 1133/2010.
El sistema AFIS, uno de los estándares que prevé la Organización de
Aviación Civil Internacional (OACI), cuenta con las mismas garantías de
seguridad que el sistema de control, dado que está realizado por un técnico
cualificado (que requiere al menos dos años de preparación) y supervisado por
controladores aéreos en aeropuertos cercanos.
PRÓXIMA FLEXIBILIZACIÓN.
Ante la próxima flexibilización del régimen de provisión del servicio de
información de vuelo (AFIS), conviene prorrogar el plazo transitorio previsto
en la disposición transitoria del citado Real Decreto, ante su inminente
terminación, el próximo 30 de junio, de modo que los gestores de los aeródromos
de uso público no se vean obligados a la realización de actuaciones con
importantes costes cuya exigibilidad en un futuro próximo es dudosa.
Además, se amplía su ámbito de aplicación a los aeródromos militares,
adecuando la regulación a las necesidades operativas de la defensa nacional y
excepcionando las exigencias derivadas de la certificación de los proveedores
de servicios AFIS y de los proveedores de formación.
Se entiende que, en todo caso, la supervisión ejercida por los distintos
estamentos militares garantiza un nivel equivalente de seguridad y calidad en
los servicios de tránsito aéreo.
El Real Decreto 1133/2010 regulaba la provisión del servicio de
información de vuelo de aeródromos (AFIS), habilitaba los mecanismos para que
los gestores de los aeródromos civiles de uso público evaluaran si disponían de
los medios necesarios para permitir la operación segura de aeronaves y les
imponía la obligación de encargar la realización de estudios aeronáuticos de
seguridad encaminados a determinar la necesidad y suficiencia de la prestación
de servicios de navegación aérea y en particular del servicio de información de
vuelo (AFIS) en su aeródromo.
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